viernes, 9 de noviembre de 2018

Ha sido espectacular ...





Charles Louis de Secondat, señor de la Brède y barón de Montesquieu escribió “El espíritu de las leyes”, en el que decía: “En cada Estado existen tres clases de poderes: la potestad legislativa, la potestad ejecutiva de las cosas que proceden del derecho de gentes y la potestad ejecutiva de aquellas que dependen del derecho civil” (La separación de poderes, legislativo, ejecutivo, y judicial).
“De nuevo, no hay libertad, si la potestad de juzgar no está separada de la potestad legislativa y de la ejecutiva. Si estuviese unido a la potestad legislativa, el poder sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería arbitrario; debido a que el juez sería el legislador. Si se uniera a la potestad ejecutiva, el juez podría tener la fuerza de un opresor”.
Y cabe preguntarse si algunos expertos supremos han leído a Montesquieu, porque cuando el poder judicial se mete en temas económicos, evidentemente podría tener una clara implicación en temas que afectan al bolsillo del ciudadano, con la fuerza de un opresor que evocaba Montesquieu.
La tasa de Actos Jurídicos Documentados (AJD) es un gravamen que cobra la Administración Pública y que se encargan de recaudar las Comunidades Autónomas, que tienen transferidas las competencias de este tributo. Es decir, los bancos nunca han cobrado este impuesto, que ha ido directamente a las arcas de las autonomías. La cantidad que pagan los clientes por este concepto va desde el 0,5% hasta el 1,5% del importe de la hipoteca, dependiendo de cada región.
Como establece el artículo 68.2 del reglamento sobre la tasa AJD, de 1995, es el cliente el que paga. En febrero de este año, el Pleno de la Sala Primera de lo Civil del Supremo dejó claro que el sujeto pasivo del AJD era el consumidor. Desde hace 23 años no se había cuestionado este sistema, hasta que una sentencia del Supremo del 18 de octubre decidió que tenían que ser los bancos los responsables. En ese fallo se aseguraba que el único interesado en elevar a escritura pública la hipoteca era el banco, por lo que él debía pagar el impuesto. Tiene su lógica …
Dado que había varias sentencias anteriores contradictorias sobre esta cuestión, se convocó el pleno por "la enorme repercusión económica y social" del fallo, que había afectado en Bolsa a los bancos y retrasaba la firma de hipotecas, ante la gran incertidumbre creada. El fallo del 18 de octubre, junto a otras sentencias similares, aunque sentaban doctrina, el Supremo ha decidido dejar las cosas como estaban, y evitar ese cambio de jurisprudencia.  Los jueces han preferido lo de “virgencita que me quede como estoy”, transmitiendo una preocupante imagen a la opinión pública.
Sus razones tendrán … Como dijo Galbraith: “Aunque todo lo demás falle, siempre podemos asegurarnos la inmortalidad cometiendo algún error espectacular” … Y, ciertamente ha sido espectacular …
Mark de Zabaleta

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